El derecho de sucesiones en Cataluña ofrece diversas figuras jurídicas que permiten al testador organizar de forma precisa el destino de sus bienes. Entre ellas se encuentra la sustitución vulgar, regulada en el Código Civil catalán, que cumple un papel destacado en la práctica testamentaria y merece un análisis específico para comprender su alcance y efectos.
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Contacta con nosotros¿En qué consiste la sustitución vulgar?
La sustitución vulgar es una disposición testamentaria que permite al testador nombrar a un heredero sustituto para el caso de que la persona originalmente designada (el sustituido) no llegue a heredar.
1. El testador puede instituir a un heredero posterior o segundo para el caso en que el anterior o primero instituido no llegue a serlo porque no quiera o porque no pueda.
Artículo 425-1.1 del libro cuarto del Código Civil de Cataluña
Se trata, en esencia, de un plan de respaldo que el testador establece para asegurar que su voluntad se cumpla y que el destino de su patrimonio no se rija por la sucesión intestada (aquella regulada por ley, que se aplica cuando no hay testamento válido).
Así pues, el objetivo principal de la sustitución vulgar es mantener el control sobre lo que ocurrirá con los bienes, pudiendo establecer una segunda e incluso ulteriores opciones para el caso de que la anterior no se pueda cumplir.
Ejemplo de sustitución vulgar: "Instituyo heredero universal a mi hermano José. Si me premuere, lo sustituyo por sus hijos, mis sobrinos Carlos y Jorge".
En este supuesto, la sustitución vulgar podría tener sentido por ejemplo si el testador tuviera otros hermanos y, en caso de que su hermano José no pudiera o no quisiera heredar, esos otros hermanos fueran los llamados a hacerlo por las reglas de la sucesión intestada. Si esa no fuera la voluntad del testador por alguna razón, a través de esta disposición, se asegura que no hereden esos hermanos, sino sus sobrinos Carlos y Jorge.
¿Dónde se regula la sustitución vulgar en derecho civil catalán?
La sustitución vulgar viene regulada en los artículos 425-1 y siguientes del libro cuarto del Código Civil de Cataluña (CCCat).
¿Qué tipos de sustitución vulgar existen?
Se contemplan dos tipos de sustitución vulgar:
- La sustitución vulgar expresa. El testador nombra de forma clara y explícita a la persona o personas que actuarán como sustitutos.
- La sustitución vulgar tácita. La sustitución vulgar tácita ocurre cuando, sin una cláusula explícita en el testamento, el derecho catalán presume que el testador quería una sustitución vulgar.
Por otra parte, se establece que en las sustituciones pupilar, ejemplar, fideicomisarias y preventiva de residuo se contiene la sustitución vulgar tácita siempre, si bien en los dos primeros casos la contienen solo con relación a los bienes que procedan de la herencia del sustituyente.
¿Cómo opera la sustitución vulgar?
La sustitución vulgar entra en juego automáticamente cuando el heredero principal no puede o no quiere aceptar la herencia. Conforme a la ley catalana, en principio, la sustitución vulgar que se haya ordenado para cualquiera de esos dos casos se aplica también al otro, a no ser que el testador haya dispuesto algo distinto.
Particularmente, la sustitución vulgar ordenada para el caso de que se produzca la premoriencia (es decir, que fallezca antes el heredero que el testador) se extiende a todos los demás casos, incluyendo los siguientes:
- La conmoriencia (presunción legal de que el heredero ha fallecido al mismo tiempo que el testador).
- La institución bajo condición suspensiva si el instituido fallece antes de que se cumpla la misma o si la condición no se llega a cumplir.
- Aquellos casos en que el instituido que ya había sido concebido no llega a nacer y en que se ha declarado ausente al instituido.
¿Puede haber varios sustitutos vulgares?
Sí, existe esta posibilidad. El CCCat prevé que a un heredero puedan sustituirle dos o más sustitutos, del mismo modo que se contempla que dos o más herederos puedan ser sustituidos por un único sustituto.
Cuando existen varios sustitutos, estos pueden ser llamados a la herencia todos juntos o uno a falta de otro, en cuyo caso, el sustituto del sustituto se considera también sustituto del sustituido.
Igualmente, varios herederos pueden ser nombrados sustitutos vulgares entre ellos, de forma recíproca. En estos casos, se aplican las siguientes reglas:
- Si han sido instituidos en cuotas desiguales, la del llamado que no llega a ser heredero se defiere al resto de los instituidos proporcionalmente a sus respectivas cuotas.
- En caso de que, junto a los herederos, sea llamada a la sustitución otra persona, le corresponderá una porción de la cuota vacante resultante de dividir esta por el número total de los que concurren a la sustitución.
- El resto de la cuota corresponde a los coherederos respectivamente a sus respectivas cuotas.
- Lo que haya ordenado el testador prevalece en todo caso.
¿Cuáles son los efectos de la sustitución vulgar?
En la sustitución vulgar, se entiende que la delación de la herencia al sustituto vulgar se ha producido al mismo tiempo que al sustituido y, por tanto, aunque fallezca antes de que se frustre el llamamiento al sustituido, el derecho del sustituto vulgar se transmite a sus sucesores.
Por otro lado, el CCCat establece que el sustituto sucede al causante con los mismos modos, condiciones, legados, sustituciones y el resto de cargas impuestas al instituido que no ha llegado a convertirse en heredero, salvo en el caso de que sean personalísimos o de que el testador haya dispuesto algo distinto.
¿Cuándo puede ser conveniente la sustitución vulgar?
De forma general, la sustitución vulgar puede resultar especialmente útil en aquellos supuestos en los que el testador quiera asegurarse de que su patrimonio no acabe transmitiéndose conforme a las reglas de la sucesión intestada, que en ocasiones pueden llevar a un reparto distinto de su verdadera voluntad.
Concretamente, puede ser recomendable en ciertos casos, como cuando se prevé la posibilidad de que el llamado a la herencia renuncie a ella o, sencillamente, cuando el testador desea establecer una alternativa clara para reforzar la seguridad en el cumplimiento de sus disposiciones.
Dada la trascendencia de estas decisiones y la complejidad que puede derivarse de su aplicación práctica, es muy aconsejable contar con la orientación de un abogado especializado. Un profesional podrá valorar cada situación concreta y diseñar la fórmula testamentaria más adecuada para que la voluntad del causante quede plenamente garantizada.
