En el ámbito del derecho de sucesiones, una de las mayores preocupaciones con las que se pueden encontrar las familias es qué ocurrirá con los bienes de una persona que, debido a una incapacidad, no puede otorgar testamento ni manifestar su voluntad de forma válida.
El Código Civil de Cataluña prevé distintas soluciones para dar seguridad en estos casos y garantizar que el patrimonio de la persona incapacitada tenga un destino adecuado, protegiendo tanto sus derechos como los de sus familiares.
Una de estas soluciones es la llamada sustitución ejemplar, una figura jurídica poco conocida pero de gran importancia práctica. A continuación, veremos cuáles son sus requisitos, quién puede establecerla y en qué situaciones deja de surtir efecto.
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Contacta con nosotros¿Qué es la sustitución ejemplar?
Se trata de una figura que permite a los ascendientes (padres y, en su caso, otros ascendientes) de una persona con incapacidad ordenada judicialmente y legitimaria suya establecer quién heredará los bienes del propio testador y quién los de la persona incapacitada que no haya hecho testamento ni pacto sucesorio.
Es decir, el ascendiente nombra a un sustituto que recibirá la herencia de la persona incapacitada si este no ha testado, y además puede disponer quién recibirá sus propios bienes.
¿Dónde se regula la sustitución ejemplar?
La sustitución ejemplar está regulada en los artículos 425-10 y siguientes del libro cuarto del Código Civil de Cataluña.
¿Se aplican otras normas?
Sí, se aplican, en lo que su naturaleza lo permita, las normas de la sustitución pupilar. La diferencia principal es que la sustitución pupilar se aplica a menores de 14 años, mientras que la sustitución ejemplar es para personas con incapacidad judicialmente declarada, sin límite de edad.
¿Cuáles son los requisitos para que la sustitución ejemplar sea válida?
Para su validez, deben cumplirse dos condiciones:
- El ascendiente debe dejar al descendiente con incapacidad la legítima que le corresponda.
- La incapacidad del descendiente debe estar declarada judicialmente en vida del sustituido, aunque la declaración sea posterior a la ordenación de la sustitución.
¿Quién puede establecer una sustitución ejemplar?
Solo pueden ordenarla los ascendientes de una persona con incapacidad que sea legitimaria suya. En la práctica, la pueden ordenar los padres y también los abuelos u otros ascendientes cuando, conforme a las reglas de la legítima, ese descendiente tenga la condición de legitimario respecto de ellos.
¿Quién puede ser designado como sustituto?
La sustitución ejemplar se puede ordenar a favor de:
- Descendientes del cónyuge o de la pareja estable de la persona incapacitada.
- A falta de los anteriores, parientes colaterales de la persona incapacitada hasta cuarto grado.
- Si faltan todos ellos, cualquier persona.
- Además, sin respetar ese orden, también se puede designar a personas físicas o jurídicas que hayan ejercido la tutela de la persona incapacitada o que hayan asumido deberes de cuidado y alimentos y los hayan cumplido hasta su muerte.
¿Qué pasa si varios ascendientes ordenan sustitución sobre la misma persona?
En estos casos, resultan de aplicación las siguientes reglas:
- Prevalece la sustitución dispuesta por el ascendiente fallecido de grado más próximo (por ejemplo, la del padre frente a la del abuelo).
- Si los ascendientes son del mismo grado (por ejemplo, los dos abuelos), suceden en la herencia de la persona incapacitada todos los sustitutos ejemplares designados, en las cuotas que resultarían de aplicar a cada ascendiente las normas de la sucesión intestada.
- En todo caso, los bienes procedentes de cada una de las herencias de los ascendientes que ordenaron la sustitución corresponden al sustituto que cada uno de ellos designó.
¿Cuándo queda sin efecto la sustitución ejemplar?
La sustitución queda sin efecto si:
- Cesa realmente la incapacidad del sustituido, aunque después no haga testamento.
- El sustituto premuere al testador (el ascendiente) o a la persona incapacitada.
- La persona incapacitada fallece antes que el ascendiente que ordenó la sustitución.
- Si existen varios ascendientes, la ineficacia se aplica a la sustitución de cada ascendiente por separado.
¿Cómo asegurarse de aplicar correctamente la sustitución ejemplar?
La sustitución ejemplar es una figura compleja que requiere un análisis jurídico cuidadoso. Cada caso presenta unas circunstancias diferentes, por lo que es importante valorar bien las opciones. Consultar con un abogado experto es la mejor forma de actuar con seguridad y garantizar que se respeten los derechos de todos los implicados.
