La obligación de prestar alimentos a los hijos nace con la misma relación entre estos y sus progenitores, evoluciona con las circunstancias familiares y personales, y su extinción depende de diversos factores que indican que la necesidad de ayuda económica del hijo ha desaparecido.
En cualquier caso, no se puede vincular a una determinada edad la extinción de la obligación de pagar una pensión de alimentos a los hijos, como vamos a analizar.
